Normalmente cuando el banco o caja nos cambia las condiciones contractuales, sobretodo subiendo las comisiones tan de moda últimamente, siempre podemos resolver el contrato sin penalización, normalmente existe una clausula expresa al respecto , pero en su ausencia bastara alegar cambios sustanciales en la relación contractual y reclamar cualquier gasto que nos repercuta la entidad, siempre y cuando los cambios propuestos por la misma no sean de nuestro agrado o simplemente no estemos de acuerdo con los mismos.
Buenos dias,
no estando de acuerdo con las nuevas comisiones, deseamos resolver el contrato sin penalización ni comisión alguna, tal y como en el se estipula, ademas Cualquier modificación al CONTRATO MARCO deberá proponerse de manera clara e individualizada y en papel u otro soporte duradero con una antelación no inferior a 2 meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta . Ademas en ese mismo contrato macro, se estipula que en el supuesto de que el CLIENTE no acepte las modificaciones propuestas, éste tendrá el derecho a resolver el presente CONTRATO MARCO de forma inmediata y sin coste adicional alguno antes de la fecha propuesta para la aplicación de dichas modificaciones.
saludos cordiales
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